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Han pasado pocos días desde que la Consejería de Sanidad de Galicia haya sacado a la luz su decisión de reformar el Decreto 146/2001 sobre planificación, traslado, cierre y transmisión de oficinas de farmacia.
En este post vamos a repasar la situación en Galicia, La Rioja y otras Comunidades Autónomas de España en lo relativo a las tres cuestiones que se han modificado con la reforma del Decreto anteriormente citado.
- ¿Cuántos años debe permanecer abierta una farmacia para poder ser traspasada?
Hoy en día, cada Comunidad tiene una legislación diferente en relación con esta materia. Por norma general, para poder traspasar una oficina de farmacia, ésta debe llevar abierta al menos tres años. Pero las legislaciones son muy dispares.
Con la nueva reforma, las farmacias gallegas deberán llevar 15 años en servicio para poder ser transmitidas a otro titular. Con este cambio se ha ampliado en 12 años el plazo de transmisión de farmacias entre vivos ya que, hasta ahora, el periodo de traspaso era de tres años desde su apertura.
En el caso de la Comunidad de La Rioja, la Ley 8/1998 de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma de La Rioja establece que la transmisión intervivos de una oficina de farmacia mediante traspaso, venta o cesión sólo puede llevarse a cabo cuando lleve abierta al público un mínimo de tres años. En otras comunidades limítrofes como Aragón o País Vasco, el periodo también es de tres años, en contraste con Navarra donde no se requiere plazo.
- ¿Cuál es el proceso de adjudicación de nuevas oficinas?
Otro cambio significativo lo encontramos en el procedimiento para adjudicar nuevas oficinas de farmacias. La reforma del Decreto establece que en Galicia se llevará a cabo la convocatoria de un acto público al que acudirán todos los participantes y cada uno de ellos se presentará a todas las farmacias convocadas.
Con el fin de garantizar la tramitación del procedimiento de apertura, los nuevos farmacéuticos deberán abonar un aval de 3.000 euros en un plazo de 10 días. Una vez se abra la nueva farmacia a su nombre, la cantidad le será devuelta.
De igual modo, el procedimiento de autorización de una nueva oficina de farmacia en La Rioja se iniciará mediante convocatoria pública que será anunciada en el Boletín Oficial de La Rioja. Sin embargo, el adjudicatario tendrá un plazo de 15 días para abonar una fianza de 12.000 euros con la finalidad de garantizar su voluntad de proceder a la apertura de la oficina de farmacia que le ha sido adjudicada.
- ¿Qué criterios conforman los baremos para ordenar a los interesados en abrir una farmacia?
El último cambio importante en la legislación gallega es un nuevo baremo para ordenar a los interesados en abrir una farmacia. Según indica el anteproyecto, se dará prioridad a la experiencia profesional en oficina de farmacia, los méritos académicos, la formación posgraduado, el conocimiento de la lengua gallega y las medidas de fomento, mantenimiento y creación de empleo, todos ellos criterios de selección objetivos.
En La Rioja, en el baremo de méritos para la concesión de una oficina de farmacia se tiene en cuenta los méritos académicos, la formación continuada, la experiencia profesional, docencia e investigación y una prueba escrita. En Navarra el barómetro se apoya principalmente en la experiencia profesional como farmacéutico y en la nota de la licenciatura.
Con estas medidas, se busca garantizar que los adjudicatarios finales tengan un perfil acorde con la experiencia necesaria para el desempeño profesional en la titularidad de una oficina de farmacia.
Si necesitas más información sobre este tema, no dudes en contactarnos. En Mur Asesores somos especialistas en Asesoramiento Farmacéutico y te ayudaremos encantados, ya seas de La Rioja, Navarra o cualquier otro lugar de España.