
QUÉ HACER SI MI CLUB DEPORTIVO TIENE PÉRDIDAS
mayo 4, 2026GUÍA DE SUBVENCIÓN DE PATROCINIO DE ENTIDADES DEPORTIVAS RIOJANAS: CÓMO CONSEGUIR UN RETORNO DEL 50%
Si tienes un negocio con sede fiscal en España y has patrocinado o estás pensando en patrocinar a un club riojano, esta guía práctica te interesa.
El patrocinio deportivo es, para muchas empresas, una de sus claves de Responsabilidad Social Corporativa (RSC). Si tu patrocinio está destinado a una entidad deportiva riojana, el Gobierno de La Rioja ha publicado una línea de #ayudas para incentivar estas acciones (Orden CTD/22/2026, de 30 de abril).
¿En qué consiste esta línea de incentivos al patrocinio?
A través de este programa, el Ejecutivo asegura el retorno directo de hasta el 50% de la inversión empresarial que realices a través de contratos de patrocinio publicitario formalizados para el año 2026 o para la temporada 2026-2027.
Un ejemplo práctico:
- Si tu empresa formaliza un contrato de patrocinio de 2.000 euros con un club local, la Administración te concederá una ayuda de 1.000 euros.
- Si el contrato asciende a 1.000 euros, la subvención será de 500 euros.
Beneficiarios: ¿Quién puede solicitar la ayuda?
Esta convocatoria está dirigida a fortalecer el tejido empresarial que apoya al deporte. Podrán acogerse:
- Trabajadores por cuenta propia o autónomos.
- Empresas privadas.
- Fundaciones privadas válidamente constituidas.
Requisito clave: El beneficiario debe tener su domicilio fiscal en España y hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, la Seguridad Social y la Hacienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
¿Qué entidades deportivas pueden ser patrocinadas?
Los contratos deben suscribirse con entidades deportivas inscritas o adscritas en el Registro del Deporte de La Rioja desde, al menos, el año anterior a la convocatoria.
Además, estas entidades deben competir de forma oficial federada o en los Juegos Deportivos de La Rioja, siempre y cuando no tengan carácter profesional (quedando exceptuados los equipos de sociedades anónimas deportivas en categorías superiores a la juvenil) .
⚠️ Sectores excluidos: No se admitirán patrocinios vinculados a marcas, productos o actividades cuya publicidad esté prohibida por ley, tales como el tabaco, bebidas alcohólicas de alta graduación, juego o apuestas, así como aquellos eventos dirigidos de forma principal a menores de edad.
Cuantías y límites económicos
- Importe mínimo del contrato: Los contratos de patrocinio deben tener un valor mínimo de 1.000 euros (lo que equivale a una ayuda de 500 euros).
- Límite máximo por beneficiario: Cada empresa o autónomo podrá recibir un máximo total de 10.000 euros de subvención. Se permite presentar varias solicitudes (una por contrato) hasta agotar este techo.
Obligaciones del contrato de patrocinio: ¿Qué debe incluirse?
Para que el gasto sea considerado subvencionable, la aportación económica debe ser dineraria, estar detallada conforme a precios de mercado y el contrato debe obligar formalmente a la entidad deportiva a realizar acciones de difusión.
En concreto, la marca del patrocinador debe promocionarse de manera nítida en al menos dos de estos canales:
- La equipación oficial del club.
- Las instalaciones deportivas donde desarrollen su actividad.
- Las redes sociales oficiales de la entidad patrocinada.
Además, las tarifas correspondientes a cada una de estas acciones publicitarias deben venir desglosadas e individualizadas en el documento.
Plazos y tramitación
Estas ayudas se otorgan por riguroso orden de entrada en el registro hasta agotar el fondo disponible. Por tanto, la agilidad en la presentación es vital.
- Plazo de solicitud: Las solicitudes se gestionarán durante el periodo de dos meses desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOR. O sea, hasta finales de julio.
- Modalidad: Exclusivamente de forma telemática a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja.
- Plazo de justificación: El plazo máximo para aportar la correspondiente cuenta justificativa del gasto finalizará el 30 de octubre de 2026.
¿Qué documentación gráfica se exigirá para cobrar la ayuda?
Aparte de las facturas de la entidad deportiva y los correspondientes justificantes bancarios de pago, el patrocinador deberá aportar un dossier gráfico con un mínimo de 15 fotografías o capturas de pantalla donde se visualice con total nitidez la marca corporativa durante la temporada de competición (incluyendo al menos 10 capturas de pantalla fechadas si se ha contratado difusión en redes sociales) .




