El Impuesto de Sociedades es un tributo que grava el beneficio contable obtenido por una empresa o entidad jurídica a lo largo de un periodo impositivo. Este periodo impositivo suele coincidir con el año natural, aunque dependiendo de la actividad que se realice, puede no coincidir con el año natural.
Para calcular el beneficio contable, se hace un recuento de los ingresos a los que se resta los gastos (ingresos – gastos). Sobre el resultado, se pagará un 25%, que es lo que corresponden con el Impuesto de Sociedades.
Su plazo de presentación, siempre a través de Certificado Electrónico, depende si el periodo impositivo coincide o no con el año natural:
En principio, la Ley establece que deberán presentar el Impuesto de Sociedades todas la empresas y entidades jurídicas establecidas en territorio nacional. Y de cara a Hacienda, los clubes deportivos son una entidad jurídica de interés público, que aunque sin fines lucrativos, también tienen obligación de declarar por la totalidad de sus rentas, exentas y no exentas.
Por lo tanto, en principio la respuesta es SI, tu club deportivo está obligado a presentar el Impuesto de Sociedades.
Sin embargo, como en toda Ley, este impuesto cuenta con una serie de excepciones. Tu club no tendrá que presentar el Impuesto de Sociedades si cumple estos 3 requisitos:
Las rentas exentas son las que proceden de la realización de actividades que constituyan su objeto o finalidad específica, siempre que no tengan la consideración de actividades económicas. Por ejemplo: las cuotas de los socios y asociados, las subvenciones que reciba tu entidad o las aportaciones que se hagan al club deportivo.
Los ingresos no exentos, y que no deben superar los 2.000 euros durante el periodo impositivo, son los que de cara a Hacienda se consideran actividad económica. Y ¡ojo!, porque son rentas no exentas muchas de las actividades para conseguir ingresos extras para tu club: la venta de entradas, el patrocinio de empresas, la publicidad, la venta de lotería, las ventas en el bar, el alquiler de la sede social, la venta de camisetas… Y un largo etcétera que hacen que se supere con facilidad los 2.000€ y tu club tenga que tributar por el Impuesto de Sociedades.
Para que un gasto se considere como tal y por lo tanto lo puedas restar a los ingresos, tiene que cumplir estas 4 condiciones:
Como ves, el tratamiento fiscal de un club deportivo tiene sus particularidades. Por eso te recomendamos siempre que te asesores para conseguir el máximo rendimiento fiscal.