Tanto si eres el fundador como si te lo proponen, formar parte de la Junta Directiva de un club deportivo conlleva una serie de obligaciones y responsabilidades. La primera y más conocida es la gestión del Club Deportivo: desde la organización y planificación de actividades, la captación y atención de socios, la gestión administrativa y contable del club, contratación de personal, si se requiere… Todo lo necesario para el correcto funcionamiento del Club.
Pero además de esta gestión, de la que obviamente la Junta Directiva va a responder, hay otras que no se tiene tanto en cuenta – pero que puede condicionar el futuro de la Junta Directiva – y es la
responsabilidad civil y jurídica de sus miembros.
Si. Porque a pesar de que los clubes deportivos son entidades sin ánimo de lucro y que los miembros de la Junta Directiva no reciben ninguna retribución por su participación y trabajo, a efectos legales, los miembros de su Junta responden de la misma manera que los de cualquier empresa.
Así se recoge en el
Artículo 15 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, del Derecho de Asociación, que habla sobre Responsabilidad de las asociaciones inscritas, como es el caso de un club deportivo:
- Las asociaciones inscritas responden de sus obligaciones con todos sus bienes presentes y futuros.
- Los asociados no responden personalmente de las deudas de la asociación.
- Los miembros o titulares de los órganos de gobierno y representación, y las demás personas que obren en nombre y representación de la asociación, responderán ante ésta, ante los asociados y ante terceros por los daños causados y las deudas contraídas por actos dolosos, culposos o negligentes.
- Las personas a que se refiere el apartado anterior responderán civil y administrativamente por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de sus funciones, y por los acuerdos que hubiesen votado, frente a terceros, a la asociación y a los asociados.
- Cuando la responsabilidad no pueda ser imputada a ningún miembro o titular de los órganos de gobierno y representación, responderán todos solidariamente por los actos y omisiones a que se refieren los apartados 3 y 4 de este artículo, a menos que puedan acreditar que no han participado en su aprobación y ejecución o que expresamente se opusieron a ellas.
- La responsabilidad penal se regirá por lo establecido en las leyes penales.
Un caso práctico
¿Y qué significa esto? Supongamos que en tu club deportivo se comete una negligencia o irregularidad. Uno de los casos más habituales es que haya un accidente en las instalaciones. Casi seguro que el club deportivo cuenta con un seguro de responsabilidad civil en el que se recoja este supuesto y que cubrirá una supuesta indemnización.
Pero,
¿y si el seguro no cubre el supuesto por el que se ha producido el accidente o la cantidad no es suficiente? En este caso, y tal y como recoge este Artículo 15, responderá:
- en primer lugar, el Club Deportivo con sus bienes presentes o futuros (punto 1)
- y tras ello, los miembros de la Junta Directiva si se cumplen las especificaciones de los punto 3, 4 y 5.
Por lo tanto, los miembros de una Junta Directiva responden con sus bienes “
únicamente, respecto de los actos y omisiones realizados en el ejercicio de sus cargos, y en relación con los daños causados, y las deudas contraídas, por actos dolosos, culposos o negligentes.”
Por eso, desde MUR Asesores recomendamos que los clubes deportivos cuenten con un
Seguro de Responsabilidad Civil, que cubra no solo los supuestos iniciales sino también la
responsabilidad de los miembros de la Junta Directiva.
La importancia de las actas
El acta de la Junta Directiva es el documento que recoge las decisiones y acuerdos adoptados por sus miembros, y es un
medio de prueba en el caso para saber cuál es la responsabilidad de sus miembros. Por eso es muy importante que ella se reflejen de manera detallada los acuerdos a los que se ha llegado, quiénes han sido los asistentes y el resultado de cada una de las votaciones.
En el caso de que no hayamos asistido a esa Junta o de que hayamos expresado nuestra oposición a una decisión adoptada, no seremos responsables de las consecuencias derivadas de la misma.
En MUR Asesores podemos ayudarte a gestionar de manera correcta tu club deportivo, con la seguridad y la tranquilidad de que las cosas van a estar bien hechas.