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La Ley 2/2023, de 20 de febrero, que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, tiene como objetivo proteger a las personas que informen sobre infracciones en el ámbito laboral o profesional.
“Tienes hasta el 1 de diciembre para habilitar tu canal de denuncias, obligatorio para todas las entidades deportivas que trabajen con menores.”
Mediante esta ley, se obliga a las empresas y entidades a disponer de un sistema de información interno, el conocido como canal de denuncias, por el cual se pueda dar a conocer de manera totalmente anónima una infracción.
Y, ¿por qué te contamos esto? Porque las entidades deportivas, especialmente en las que desarrollan actividades dirigidas a menores, son uno de los supuestos que esta ley marca en los que se tiene que implementar un canal de denuncias.
Esto significa que los empleados, socios, voluntarios y otras personas que trabajen o colaboren con un club deportivo están protegidos por la ley si informan sobre una infracción y establece una serie de derechos para las personas informantes, entre los que se incluyen:
- El derecho a ser protegidas frente a represalias
- El derecho a la confidencialidad de su identidad
- El derecho a ser indemnizadas por los daños que sufran como consecuencia de la denuncia
¿Quiénes están obligados a contar con un canal de denuncias?
Según esta ley, estas son las entidades que tienen que contar con un canal de denuncias:
- Las empresas con más de 49 empleados, tanto públicas como privadas.
- Las entidades educativas y/o deportivas en las que haya presencia de menores.
- Los sujetos obligados por la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales.
- Las organizaciones están obligadas a tener implantado un Plan de Igualdad.
- Las entidades que dispongan de programas de Cumplimiento Normativo Penal
- Las organizaciones que requieran certificarse en la ISO 37001, ISO 37301 y UNE 19601
- Las empresas que pretendan participar en determinadas licitaciones para recibir fondos europeos.
- Todos los municipios.
¿Hasta cuando puedo ponerlo en marcha?
El plazo para implementar un canal de denuncias finaliza el 1 de diciembre. Y no hacerlo puede implicar una sanción de los 1.000 € hasta el millón de euros.
Pero las sanciones no solo en el caso de no tener un canal de denuncias activo. También es motivo de sanción cualquier conducta o acción que imposibilite el funcionamiento adecuado del canal de denuncias o impida a empleados y otras personas poder usarlo, se les coaccione o presione para no usarlo o se tomen represalias contra los denunciantes.
Estos son los pasos para crear un canal de denuncia
Los pasos para crear un canal de denuncias en un club deportivo son los siguientes:
- Designar un responsable del canal de denuncias. Esta persona será responsable de la recepción y tratamiento de las denuncias.
- Establecer un procedimiento interno para la recepción y tratamiento de las denuncias. Este procedimiento debe garantizar la protección de los informantes.
- Difundir el canal de denuncias. Los empleados y colaboradores del club deben saber cómo utilizar el canal de denuncias.
¿Qué casos se pueden denunciar?
En el caso de una entidad o club deportivo, son varios los supuestos que se pueden denunciar a través del canal de denuncias, como por ejemplo, fraude en las competiciones deportivas, discriminación y acoso, especialmente en todo lo relacionado con menores, o incluso la malversación de fondos del club deportivo.
¿Y cómo lo pongo en marcha?
En MUR colaboramos con D&C Consulting para para garantizar el cumplimiento de las nuevas obligaciones legales y administrativas a las entidades del sector deportivo, especialmente todo lo relacionado con la implementación del canal de denuncias en tu club deportivo.
Aquí te puedes descargar un PDF con toda la información.




