MI CLUB ORGANIZA ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES: ¿CUÁL ES SU FISCALIDAD?
octubre 25, 2024BONIFICACIÓN DEL 100% EN LAS CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL PARA CLUBES DEPORTIVOS SIN DEPORTISTAS PROFESIONALES
Dentro de su medidas de Reforma Fiscal, el Congreso de los Diputados aprobó en su Pleno del pasado 21 de noviembre una medida fiscal que supone una bonificación del 100% en las cuotas de la Seguridad Social para clubes y asociaciones deportivas sin ánimo de lucro. Esta bonificación, pendiente de desarrollo y de fecha de entrada en vigor, se aplica específicamente a los trabajadores que actúan como entrenadores o monitores dedicados a la formación y entrenamiento de deportistas menores de 18 años. La reforma busca aliviar la carga fiscal que enfrentan estas entidades, permitiéndoles destinar más recursos a sus actividades formativas.
¿A quiénes afecta?
La bonificación está dirigida exclusivamente a clubes, asociaciones o entidades deportivas que no tengan deportistas sujetos a relación laboral, es decir, aquellos que no compiten en un ámbito profesional. Esto significa que la medida beneficiará a las organizaciones que se centran en el deporte amateur y formativo, donde el objetivo principal es la educación y el desarrollo de jóvenes atletas.
Condiciones de Aplicación
- Cantidad: Los clubes tendrán derecho a una bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes.
- Ámbito: La medida se aplica a entrenadores y monitores que trabajan con deportistas menores de 18 años.
- Quiénes quedan excluídos: Los clubes que tengan deportistas en competiciones profesionales quedan excluidos de esta bonificación.
La principal finalidad de esta reforma es facilitar la actividad deportiva formativa al reducir la presión fiscal sobre los pequeños clubes y asociaciones. Al eliminar este coste, se espera que estas entidades puedan invertir más en su infraestructura, programas de entrenamiento y en mejorar la calidad de la formación que ofrecen a los jóvenes deportistas.
Este es el texto aprobado
Disposición adicional (Nueva) Bonificación por contrataciones en entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro.
Tendrán derecho a una bonificación del cien por cien de la cuota empresarial por contingencias comunes, clubes, asociaciones o entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro por los trabajadores a su servicio que actúen como entrenadores o monitores dedicados a la formación, preparación o entrenamiento de personas menores de dieciocho años.
En todo caso, a efectos de la presente disposición, se entenderá que un club, asociación o entidad deportiva sin ánimo de lucro reviste carácter no profesional cuando ninguno de sus deportistas – adscritos en cualquier disciplina, modalidad o categoría – estén sujetos a relación laboral según los previsto en el artículo 1.2 del RD 1006/1985, de 26 de junio; por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales.
Puedes ver el texto completo en: https://www.congreso.es/backoffice_doc/prensa/notas_prensa/103252_1732108976484.pdf